Comité de Prácticas Prohibidas CAF
CAF consciente de los efectos negativos que tienen las Prácticas Prohibidas sobre el desarrollo social y económico, ha creado el Comité de Prácticas Prohibidas, el cual actúa como un órgano independiente y que entre sus funciones está recibir, conocer analizar y resolver las denuncias relacionados con posibles Prácticas Prohibidas en las operaciones CAF (préstamos, inversiones patrimoniales, cooperaciones técnicas, avales, garantías u otras), en su relacionamiento con clientes, contrapartes, entidades y proveedores o en su actuar cotidiano.
CAF, con base en los estándares internacionales, define como Prácticas Prohibidas las siguientes:
Práctica |
¿En qué consiste? |
Corrupta |
es la conducta a través de la cual se ofrece, se entrega, se recibe o se solicita, de forma directa o indirecta, algo de valor para influenciar la conducta de otra persona, entidad o empresa a fin de obtener un beneficio propio o para otra persona, entidad o empresa. |
Fraudulenta |
consiste en cualquier acción o conducta, incluyendo una omisión material, que se hace con la intención de engañar para así obtener un beneficio, económico o de otra naturaleza, o para evitar el cumplimiento de una obligación. |
Coercitiva |
es aquella mediante la cual se lesiona o se amenaza con lesionar, directa o indirectamente, a persona(s), entidad(es) o empresa(s), o a la propiedad o reputación de éstos, para así influenciar su conducta. |
Colusoria |
se presenta cuando existe un acuerdo entre dos (2) o más personas, entidades o empresas con el fin de lograr un propósito indebido, ilegal o para influenciar a otro a actuar de forma indebida o ilegal. |
Obstructiva |
ocurre cuando se destruye, falsifica, altera u oculta evidencia material en una investigación; o se ofrecen pruebas o declaraciones falsas a un investigador de tal modo que perjudique una investigación; o se amenaza o intimida a una persona, entidad o empresa para que ésta no ofrezca información relevante en una investigación. |
Uso indebido de los fondos |
consiste en el uso de fondos o recursos de CAF para un propósito indebido, ilegal o no autorizado, cometido de forma intencional o por negligencia. |
Al realizar una denuncia, solicitamos que brinde la mayor cantidad de información y sustentos que haga viable analizar la potencial Práctica Prohibida.
Para enviar denuncias por posibles Prácticas Prohibidas deberá considerar lo siguiente:
- Identificación de la operación o actividad de CAF en la que se ha materializado, o se sospecha que se ha materializado, la Práctica Prohibida.
- Nombre de la persona o personas involucradas.
- Detalle de la Práctica Prohibida que se considera ha sido identificada.
- Descripción de los hechos con la mayor cantidad de detalles posibles.
- Fechas y lugares en que ocurrieron, o pudieron haber ocurrido, los hechos.
- Nombres o identificación de otras personas que puedan tener información adicional sobre los hechos y, de ser posible, información de contacto.
- En caso de tener soportes o evidencias, acompañarlos.
Para conocer los canales disponibles para presentar denuncias ingresa a:
Protección al denunciante:
El Comité de Prácticas Prohibidas vela por la confidencialidad de la fuente y de la información que le sea suministrada.
Asimismo, tome en cuenta que usted tiene la opción de realizar denuncias anónimas y que las medidas de represalias en contra de las personas que presenten denuncias o de aquellas que aporten pruebas o testimonios se consideran una violación al Código de Ética de CAF.
Protección de Datos Personales
La recepción, almacenamiento, envío a terceros y/o cualquier procesamiento de denuncias que contengan datos personales básicos o sensibles estarán bajo consideración de "tratamientos de datos personales gestionados por CAF", por lo que deberán realizarse bajo los principios establecidos en la normativa interna de CAF, los cuales son: Licitud, Lealtad y Transparencia, Limitación de la Finalidad, Minimización de Datos, Exactitud de Datos, Limitación de Conservación, Integridad y Confidencialidad.
Asimismo, cabe mencionar que, CAF podrá transmitir o comunicar información de las denuncias a terceros con los que CAF mantenga un acuerdo de colaboración o relación de prestación de servicios, conforme a la normativa interna.
La Dirección de Gestión de Riesgos, bajo la función del Data Protection Officer (DPO), apoyará a los responsables de tratamiento de datos personales dentro del proceso de denuncias a establecer las medidas de protección y tratamiento de datos personales correspondientes.
Además, el DPO en CAF cuenta con un buzón de correo electrónico privacidad@caf.com en donde se realiza el ejercicio de derechos de los interesados y en caso de que éstos requieran más información al respecto, podrán consultar la Política de Privacidad publicada en la página web.
Al enviar una denuncia, acepto que CAF realice el tratamiento de mis datos personales.